Referendum 12-13 de junio de 2011

Los italianos seremos convocados nuevamente a ejercer nuestro derecho de voto. Esta vez, como en 2009, deberemos responder a cuatro consultas referendarias. Para acceder al comunicado de prensa oficial, cliquear aquí: www.consrosario.esteri.it.
comunicamos a continuación las siguientes informaciones útiles:

¿Para qué se vota?
Las consultas referendarias son 4:
a) referéndum popular n. 1: Modalidad de custodia y gestión de los servicios públicos de relevancia económica. Derogación.
b) referéndum popular n. 2: Determinación de la tarifa del servicio hídrico integrado en base a la adecuada remuneración del capital invertido. Derogación parcial de norma.
c) referéndum popular n. 3: Nuevas centrales para la producción de energía nuclear. Derogación parcial de normas.
d) referéndum popular n. 4: Derogación de normas de la ley 7 abril 2010, n. 51, en materia de legítimo impedimento del Presidente del Consejo de Ministros y de los Ministros para comparecer en audiencias penales, como de acuerdo con la sentencia n. 23 del 2011 de la Corte Constitucional.

¿Quiénes votan en el exterior? Los ciudadanos italianos inscriptos en el AIRE (Registro de los Italianos Residentes en el Exterior) y en los padrones electorales de la Circunscripción Consular.

¿Cuándo se vota? Las votaciones en el exterior se desarrollan algunos días antes que en Italia. El sobre que contiene los votos debe llegar al Consulado General antes de las 16 horas (hora local) del 9 de junio de 2011. El Consulado General queda a disposición de los ciudadanos para cualquier consulta al respecto: tel 0341-4407020/21/22, fax 0341-4258189, e-mail anagrafe.rosario@esteri.it, sitio web www.consrosario.esteri.it. Se podrá encontrar también información en esta newsletter Italia@Rosario.

¿Cómo se vota? Se vota por correspondencia, con las modalidades indicadas en la Ley 27 de diciembre 2001 n. 459 y el decreto del Presidente de la República del 2 de abril de 2003 nº 104. El Consulado General envía por correspondencia (Correo Argentino) a cada elector un sobre que contiene: el certificado electoral (es decir el documento que certifica el derecho al voto), las cuatro boletas electorales (de color distinto para cada consulta), un sobre de respuesta postal paga de Correo Argentino con la dirección del Consulado General, un sobre chico completamente blanco y una hoja informativa.
1) El elector expresa su voto trazando un signo (por ejemplo: una cruz o una línea) en el rectángulo de la boleta que contiene las palabras SI o NO utilizando ÚNICAMENTE un bolígrafo azul o negro.
2) Las boletas se introducen en el sobre completamente blanco que debe ser cuidadosamente cerrado y tener en su interior solamente las boletas electorales.
3) En el sobre más grande de respuesta postal paga (que indica la dirección del Consulado General) se introduce el cupón del certificado electoral (después de haberlo separado del certificado siguiendo el troquel) y el sobre cerrado que contiene las 4 boletas con los votos.
4) Para finalizar, se despacha por Correo Argentino el sobre de repuesta postal paga, como se ha explicado anteriormente, de modo que llegue a la Oficina consular taxativamente antes de las 16 horas (hora local) del 9 de junio. Los sobres que lleguen después de dicho término no podrán ser escrutados y serán incinerados.

En caso de querer votar en Italia
Se puede también optar por votar en Italia. Esta posibilidad podría interesar a aquellos que se encontraran en Italia en el momento de las votaciones. Para valerse de esta opción es necesario hacer llegar al Consulado hasta el día 14 de abril el formulario de opción, completado, fechado y firmado. El formulario puede ser descargado cliqueando aquí u obtenido en el Consulado General.
Atención: ¡no está previsto que a las personas que se valgan de la opción les sea reintegrado el costo del viaje!

NRO. 62 - MARZO 2011 Newsletter Consulado Italiano de Rosario, pcia. de Santa Fe

Comentarios

  1. Gracias por la información. Ya estoy votando... Y VOTO SI en las 4 consultas. Saludos. JOSÉ

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  2. Si pretendo votar por el sí debo marcar con una cruz o barra, es decir, tachar el cuadro que dice SI, y queda sin tocar el NO. Es así, no?

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